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Sistema de Control

DE INTERÉS PARA TODAS Y TODOS, SOBRE EL PROCESO DE INSPECCIÓN Y CONTROL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES VIGENTES DE LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN TOMADO DEL MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL INDER 2020

Misión

Planificar, organizar y realizar las inspecciones para comprobar el cumplimiento y la efectividad de la legislación vigente dentro de sus respectivas competencias a su propio sistema o fuera de éste en lo que concierne al deporte, la educación, actividad y recreación físicas; someter a juicio crítico sus resultados; contribuir a la prevención del delito, la corrupción e ilegalidades; y coordinar las acciones de control internas y externas de la institución.
Estructura Interna: Para el cumplimiento su misión cuenta con 1 director, 1 secretaria y 7 inspectores.
Atribuciones y obligaciones del director o directora de Inspección
• Proponer, planificar, organizar y controlar el sistema de visitas de inspección y control a los centros del sistema Inder;
• proponer visitas de supervisión, monitoreo y control a los eventos y competencias múltiples y/o deportivas, internacionales o nacionales del calendario que por su importancia decida la dirección del organismo, así como otras formas de control;
• dirigir los Grupos de Inspección que se constituyan, garantizando la elaboración de los informes de las visitas integrales;
• notificar los resultados de la inspección a la entidad inspeccionada y a los órganos a que está subordinada;
• verificar el cumplimiento de los planes de medidas de las visitas de control recibidas y la efectividad de las acciones adoptadas por los órganos colegiados de dirección;
• ejecutar reuniones de preparación metodológicas a especialistas del sistema de control interno;
• recepcionar los informes de las visitas temáticas planificadas por cada área funcional;
• informar la ocurrencia de infracciones o delitos en la prestación de los servicios y proponer medidas;
• diseñar y controlar el sistema de control interno en correspondencia con lo establecido en las normas legales vigentes;
• controlar el funcionamiento del comité de prevención y control, así como el accionar de los jefes de componentes;
• elaborar informaciones para el consejo de dirección y el comité de prevención y control de la entidad en cumplimiento de indicaciones de organismos superiores;
• otras que le asigne el Presidente.

Funciones comunes de los que gestionan el proceso de inspección y control:

• Cumplir los preceptos del código de ética y el reglamento institucional.
• Conocer e implementar acorde a su actividad específica y funciones los Lineamientos de la Política Económica y Social, así como el Plan 2030, los Objetivos de la I Conferencia Nacional del Partido, así como otras indicaciones generales emanadas de los organismos superiores de dirección del Gobierno y el Estado.
• Contribuir a la preparación y aseguramiento de las reuniones de preparación metodológica que se deriven de la dirección, ya sea para los facilitadores de control interno de las áreas y CSN, así como para las visitas u otra acción de control.
• Proponer y desarrollar temas sobre inspección y control interno y su presentación en Power Point para las actividades de preparación metodológica que se realicen en la dirección, previa consulta con el jefe administrativo.
• Proponer y desarrollar temas sobre inspección y control interno y su presentación en Power Point para impartirlo en seminarios y actividades docentes, previa consulta con el jefe administrativo.
• Diagnosticar, caracterizar y orientar a los homólogos provinciales y los facilitadores de control interno de las áreas y CSN que atiende, manteniendo comunicación sistemática por diversas vías.
• Asesorar, orientar, controlar y dar seguimiento a la implementación del sistema de control interno e inspección en las áreas, CSN y provincias que atiende.
• Asesorar y controlar el proceso de aplicación de la guía de autocontrol de los centros y áreas del organismo que atiende, recogida de la información resultante y planes de medidas.
• Asesorar, orientar y controlar el funcionamiento de los Comités de Prevención y Control en los CSN, participar en sus reuniones y contribuir a su adecuado funcionamiento.
• Asesorar, orientar y participar en el proceso de valoración de las causas y condiciones que propician los delitos, ilegalidades y manifestaciones de corrupción administrativa establecidos por la Resolución 409 en los CSN, dar seguimiento al cumplimiento de los planes de medidas que se deriven y la socialización de los resultados entre los trabajadores.
• Gestionar y controlar los planes de medidas derivados de controles tanto internos como externos de los CSN y provincias que atiende y darle seguimiento a su cumplimiento hasta la eliminación de las causas y condiciones que los propiciaron.
• Organizar su puesto de trabajo, así como poseer la documentación necesaria para su autopreparación y desempeño de sus funciones.
• Responde por el control de sus útiles, herramientas y AFT que se le facilitan para desarrollar su trabajo.
• Elaboración de su plan de trabajo individual mensual y el informe de su cumplimiento, despacharlo con el metodólogo coordinador del área entre el 25 y el 27 de cada mes. Ajustar la planificación de sus tareas a las condiciones del contexto ya sea trabajo presencial, a distancia y teletrabajo, dejando evidencia de ello.
• Asistir y participar activamente en las reuniones de puntualización de la dirección, tomando nota de las principales informaciones que de la misma se derivan.
• Desarrollar ponencias y otros artículos para participar en los eventos científicos que se convoquen en la institución ANIR, FÓRUM, BTJ y fuera de la misma.
• Proyectar su superación académica y científica hacia niveles ascendentes en la medida de lo posible.
• Elaborar las actas y llevar el control de las evidencias de la asistencia a las actividades derivadas de la gestión de la Dirección por las que responde.
• Participar como integrante en las comisiones de investigación de los casos de población que se le asignen.
• Participación en los Mega eventos de Deportes para todos y espectáculos deportivos.
• Atención especializada de los centros de subordinación y provincias. Elaboración de expedientes con datos generales: caracterización de los centros, áreas y provincias: identificar principales problemas, conocer resultados de acciones de control realizadas y recibidas, cumplimiento de planes de medidas, acciones de capacitación
• Otras que la dirección del organismo considere.

FUNCIONES A NIVEL DE PROVINCIA Y MUNICIPIOS, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 69/2022 “DE LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS EN LAS ADMINISTRACIONES PROVINCIALES DEL PODER POPULAR” (GOC-2022-1010-O108) DECRETO 72/2022 “DE LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS EN LAS ADMINISTRACIONES MUNICIPALES DEL PODER POPULAR” (GOC-2022-1011-O108) PUBLICADO EN GACETA OFICIAL NO. 108 ORDINARIA DE 1RO. DE NOVIEMBRE DE 2022 DEL CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 1. El presente Decreto tiene por objetivo establecer las estructuras organizativas de las administraciones provinciales del Poder Popular, en lo adelante Administración Provincial, de las unidades de aseguramiento y apoyo, así como la misión y funciones específicas de estas, las atribuciones y obligaciones de sus jefes y la cifra límite de cargos.
CAPÍTULO II. DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Artículo 2. La estructura organizativa responde al principio de agrupación de órganos de dirección que cierren procesos y faciliten la obtención de los resultados, y está sujeta a las adecuaciones que demande el ejercicio práctico de su aplicación.
Artículo 3.1. La estructura organizativa de la Administración Provincial es la siguiente:
I. Dos (2) direcciones generales, denominadas:
a) Dirección General de Salud; y
b) Dirección General de Educación.
II. Grupo de Supervisión de la Inspección.
III. Veintiuna (21) direcciones, denominadas:
a) Desarrollo Territorial, integra el Departamento de Gestión del Desarrollo Territorial
y el Departamento Actores Económicos;
b) Economía y Planificación, integra las funciones de Industria y Energía;
c) Finanzas y Precios;
d) Trabajo y Seguridad Social;
e) Comercio Exterior, Inversión Extranjera y Cooperación Internacional;
f) Deportes, Educación Física y Recreación;
g) Cultura;
h) Justicia;
i) Informática y Comunicaciones;
j) Información y Comunicación Social;
k) Patrimonio y Construcción, integra el Departamento de Patrimonio e Inversiones,
el Departamento de Construcción y el Departamento Servicios Comunales, excepto
este último en la Administración Provincial de La Habana;
l) Transporte, excepto en la Administración Provincial de La Habana;
m) Comercio;
n) Vivienda;
ñ) Cuadros;
o) Auditoría;
p) Inspección;
q) Defensa;
r) Seguridad y Protección;
s) Atención a Combatientes; y
t) Organización e Información.
IV. Dos (2) departamentos independientes, denominados:
a) Atención a la población; y
b) Asesoría Jurídica.
V. Dos (2) centros técnicos, denominados:
a) Centro de Información; y
b) Centro de Informática y Comunicaciones.
VI. Un (1) Puesto de Dirección.
VII. Hasta seis (6) unidades de Aseguramiento y Apoyo.

Disposiciones finales

PRIMERA: Implementar la estructura en un plazo de seis meses a partir de la fecha de puesta en vigor de este Decreto y, mantener el seguimiento y evaluación de los resultados durante un año, a partir del cual el Gobernador, con la aprobación del Consejo Provincial, presentará al Consejo de Ministros a través de la Dirección de Perfeccionamiento de Sistemas y Órganos de Dirección las propuestas de modificaciones que resulten necesarias, en correspondencia con las experiencias en su aplicación.
SEGUNDA: Dejar sin efectos las disposiciones normativas siguientes:
1. Acuerdo 3435 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, del 29 de enero de 1999, sobre la misión y funciones de las direcciones administrativas.
TERCERA: Derogar el Decreto 301 “Sobre las Funciones Estatales y de Gobierno que se ejercen y cumplen en las provincias y municipios objeto del experimento autorizado a realizar en sus respectivos territorios”, de 12 de octubre de 2012, así como otras disposiciones normativas que se opongan a lo que por el presente se establece.
CUARTA: El presente Decreto entra en vigor en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. DADO en el Palacio de la Revolución, a los 15 días del mes de julio de 2022, “Año 64 de la Revolución”.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN
Misión: Dirigir, coordinar, orientar y controlar la aplicación y cumplimiento de las disposiciones normativas e indicaciones que implementan la política del Estado y Gobierno para el deporte, la educación, actividad y recreación físicas, la obtención de resultados deportivos satisfactorios y elevar la salud y calidad de vida de la población en la demarcación.

Funciones específicas

• Ejecutar y controlar la Estrategia de Gestión para el Desarrollo del Sistema Deportivo Provincial, en lo adelante SDP, y controlar el cumplimiento del Calendario Deportivo Provincial.
• Coordinar y controlar el desarrollo de los planes, programas y proyectos de actividades físicas, deportivas y recreativas, así como de la educación física en todos los niveles educacionales.
• Orientar y controlar la formación y preparación patriótica, militar e internacionalista en todas las instituciones deportivas de la provincia, capaz de potenciar una ciudadanía con buena condición física y preparada para la defensa.
• Evaluar el incremento de los practicantes sistemáticos del deporte, la actividad y recreación físicas, como información importante en la dirección para la toma de decisiones.
• Ejecutar y controlar la atención a los atletas, entrenadores y especialistas, así como los procesos de estimulación y contratación.
• Controlar el funcionamiento de las unidades organizativas de base de subordinación provincial.
• Establecer, fomentar y controlar las relaciones integrales y transversales (organizaciones, federaciones, asociaciones e instituciones nacionales e internacionales), orientadas al crecimiento y solidez del sector deportivo.
• Coordinar y controlar los procesos de ciencia, innovación y tecnología, así como los servicios de medicina deportiva en función de mejorar los resultados y dar solución a las demandas tecnológicas.
• Ejecutar y controlar la formación de profesores de educación física de nivel medio superior.

Funciones del director provincial de deportes, educación física y recreación

• Establecer la aplicación de la Estrategia de Gestión para el Desarrollo del Sistema Deportivo Provincial, en coordinación directa con los municipios, para lograr servicios de mayor calidad y superiores resultados e informar al Gobernador del cumplimiento.
• Elaborar e implementar los planes, programas y proyectos de actividades físicas, deportivas y recreativas, así como de la educación física en todos los niveles educacionales, que tributan al desarrollo del SDP, controlar y evaluar su cumplimiento.
• Cumplir y hacer cumplir los lineamientos de trabajo en materia de formación de valores revolucionarios, éticos y cívicos, en el proceso formativo de los alumnos atletas y recursos humanos vinculados al Sistema Deportivo Provincial, ejecutando acciones para controlar y evaluar su cumplimiento.
• Controlar y evaluar periódicamente el comportamiento del indicador de los practicantes sistemáticos del deporte, la actividad y recreación física, así como el alcance e impacto social.
• Garantizar el cumplimiento de los eventos planificados en el Calendario Deportivo.
• Potenciar el crecimiento del capital humano, a través de la Formación de Profesores de Educación Física del Nivel Medio Superior y las alianzas con la red de Universidades.
• Implementar las normas vigentes en la contratación y estimulación de atletas de alto rendimiento activos y las glorias del deporte.
• Aprobar y controlar el cumplimiento de las acciones relacionadas con la divulgación y promoción del deporte, la educación, recreación y actividad físicas por los diferentes medios de difusión, de acuerdo con los principios del deporte socialista cubano y de forma tal que contribuya a la formación de una acertada opinión pública provincial y nacional.
CAPÍTULO III
MISIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Y LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE SUS JEFES
Artículo 5. En el proceso de perfeccionamiento de las estructuras organizativas de la Administración Municipal se aplican los principios de simplificación, unificación y armonización de las funciones y actividades.
Artículo 6. Las estructuras organizativas que conforman la Administración Municipal cumplen, además de las funciones comunes establecidas por la citada Ley 139, la misión y funciones específicas que se expresan en el Anexo I, el que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 7. Los jefes de las estructuras organizativas de la Administración Municipal ostentan la representación legal de la entidad y responden por el cumplimiento de las funciones encargadas a ella; las atribuciones y obligaciones de estos se establecen en el Anexo II el que forma parte integrante del presente Decreto.
i) DIRECCIÓN DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN
Misión: Ejecutar, orientar, coordinar y controlar el cumplimiento de las disposiciones normativas e indicaciones que implementan las políticas del Estado y Gobierno para el deporte, la educación, actividad y recreación físicas, la obtención de resultados deportivos satisfactorios y elevar la salud y calidad de vida de la población en la demarcación.
Funciones específicas
• Ejecutar la Estrategia de Gestión para el Desarrollo del Sistema Deportivo Municipal (SDM) y controlar el cumplimiento del Calendario Deportivo Municipal.
• Coordinar y ejecutar el desarrollo de los planes, programas y proyectos de actividades físicas, deportivas y recreativas, así como de la educación física en todos los niveles educacionales.
• Ejecutar y controlar la formación y preparación patriótica, militar e internacionalista en todas las instituciones deportivas del municipio, capaz de potenciar una ciudadanía con buena condición física y preparada para la defensa.
• Controlar los practicantes sistemáticos del deporte, la actividad y recreación físicas.
• Ejecutar la atención a los atletas, entrenadores y glorias del deporte, y controlar su cumplimiento.
• Controlar el funcionamiento de las unidades organizativas de base.
• Gestionar, ejecutar y controlar las relaciones integrales y transversales (organizaciones, federaciones, asociaciones e instituciones nacionales e internacionales), orientadas al crecimiento y solidez del sector deportivo.
• Ejecutar los procesos de ciencia, innovación y tecnología, así como los servicios de medicina deportiva en función de mejorar los resultados y dar solución a las demandas tecnológicas.

ANEXO II
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS DIRECTIVOS DE LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
g) DIRECTOR DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN
• Implementar la Estrategia de Gestión para el Desarrollo del Sistema Deportivo Municipal, en coordinación directa con las unidades organizativas de base, para lograr servicios de mayor calidad y superiores resultados.
• Elaborar e implementar los planes, programas y proyectos de actividades físicas, deportivas y recreativas, así como de la educación física en todos los niveles educacionales, que tributan al desarrollo del Sistema Deportivo Municipal, controlar y evaluar su cumplimiento.
• Cumplir y hacer cumplir los lineamientos de trabajo en materia de formación de valores revolucionarios, éticos y cívicos, en el proceso formativo de los alumnos atletas y recursos humanos vinculados al Sistema Deportivo Municipal, ejecutando acciones para su evaluación y control.
• Controlar y evaluar periódicamente el comportamiento del indicador de los practicantes sistemáticos del deporte, la actividad y recreación física, así como el alcance e impacto social.
• Garantizar el cumplimiento de los eventos planificados en el Calendario Deportivo.
• Potenciar la incorporación de alumnos-atletas a la Formación de Profesores de Educación Física del Nivel Medio Superior.
• Aprobar y controlar el cumplimiento de las acciones relacionadas con la divulgación y promoción del deporte, la educación, recreación y actividad físicas por los diferentes medios de difusión, de acuerdo con los principios del deporte socialista cubano, de forma que contribuya a la formación de una acertada opinión pública.
IMPORTANTE
En todos los casos la ACTIVIDAD DE INSPECCIÓN. Se rige por lo establecido en el Decreto 100, de 28 de enero de 1982; el Decreto 60 y el Acuerdo 9244 del Consejo de Ministros; estos últimos de 4 de diciembre de 2021. Así como lo establecido por el Organismo de la Administración Central del Estado INDER en su misión como rector metodológico.

Funciones específicas de los metodólogos de la dirección de inspección

Metodólogo 1. Sistemas de Control e inspección:
• Organización, planificación, aseguramiento y coordinación del sistema de visitas y otras acciones de control e inspección a procesos de las áreas, las provincias, comisiones y federaciones, así como controles a misiones en el exterior.
• Elaborar informes valorativos del cumplimiento del sistema o diseño de control interno trimestral y semestral y otros de éste carácter que se le soliciten.
• Aseguramiento logístico para las reuniones de preparación metodológicas de las visitas integrales y acciones de control.
• Ejercer funciones de coordinador de la Dirección de Inspección, asesorando y controlando el cumplimiento de la planificación del trabajo individual de los demás metodólogos.
• Participar en reuniones y actividades convocadas por la máxima dirección del organismo o designado por la directora de inspección.
• Con su gestión facilita y contribuye al cumplimiento de las normas referidas a la implementación del componente Actividad de Control, hacia lo interno de la dirección
Metodólogo 2. Expediente de Acciones de Control, Expediente de Registro de Delitos y Hechos de Corrupción, Guía de Autocontrol.
• Conoce, alerta, controla y da seguimiento a los partes semanales y reportes de delitos y hechos de corrupción en el organismo central y los centros de subordinación que debe realizar la Dirección de Auditoría.
• Custodia, conservación y actualización del Expediente de Acciones de Control cumpliendo los procedimientos establecidos.
• Proceso actualización, seguimiento a la aplicación y autoaplicación de la Guía de autocontrol a nivel de centros de subordinación y el país. Elaborar informe resumen de su cumplimiento.
• Con su gestión facilita y contribuye al cumplimiento de las normas referidas a la implementación del componente Gestión y Prevención de Riesgos, hacia lo interno de la dirección.
• Contribuye a la elaboración y cumplimiento de los planes de superación individual de los metodólogos.
Metodólogo 3. Planificación, Organización documental y Archivo
• Con su gestión facilita y contribuye al cumplimiento de las normas referidas a la implementación del componente Ambiente de Control, hacia lo interno de la dirección.
• Gestión del archivo de la dirección, registro y control de la documentación de entrada y salida.
• Gestión y control de las dietas, el Transporte y los AFT
• Control de la disciplina laboral, asistencia y puntualidad de los trabajadores de la Dirección de Inspección.
• Control del uso y ahorro de recursos materiales y energía.
• Solicitud de materiales y control de su distribución.
• Elaboración de los Planes de trabajo anual y mensual del área, informes de valoración de su cumplimiento.
• Contribuye a la Planificación de visitas de inspección, la redacción de cartas para:
• Notificación de visitas integrales y controles especiales
• Solicitud de metodólogos para conformar equipos de inspección
• Aseguramiento logístico, transporte, dietas
Metodólogo 4. Plan de Prevención y Comité de Prevención y Control
• Con su gestión facilita y contribuye al cumplimiento de las normas referidas a la implementación del componente Supervisión y Monitoreo, hacia lo interno de la dirección.
• Elaboración de informaciones para el Comité de prevención y control de la entidad e internos para ser analizados en reuniones de puntualización de la Dirección.
• Gestión y control del presupuesto de la Dirección.
• Proceso de adecuación, seguimiento a la aplicación y autoaplicación de la Guía de autocontrol a nivel de dirección. Elaborar informe resumen de su cumplimiento y los planes de medidas.
• Supervisa y controla el cumplimiento del Reglamento Disciplinario del centro, el Convenio colectivo de trabajo y sus disposiciones, alertando oportunamente de la violación o desatención a lo establecido.
• Elabora informes mensuales a partir del control del cumplimiento de los indicadores principales de la disciplina laboral, asistencia, puntualidad, aprovechamiento de la jornada, así como de la atención al hombre.
Metodólogo 5. Guía de Autocontrol y Planes de Medidas
• Seguimiento y control del cumplimiento de los planes de medidas derivadas de las acciones de control realizados por la Dirección de Inspección a las provincias, centros de subordinación y las áreas, así como de los controles externos recibidos por los CSN y las áreas con funciones comunes.
• Proceso de adecuación, seguimiento a la aplicación y autoaplicación de la Guía de autocontrol a nivel de dirección. Elaborar informe resumen de su cumplimiento y los planes de medidas.
• Gestión de la información y comunicación, los servicios informáticos y el flujo de información.
• Contribuir al cumplimiento por la Dirección de la Política de información.
• Control y archivo de la documentación derivada de las reuniones de puntualización semanal, actas e informes, seguimiento a los acuerdos adoptados.
• Con su gestión facilita y contribuye al cumplimiento de las normas referidas a la implementación del componente Información y Comunicación, hacia lo interno de la dirección.
• Contribuye a la elaboración del plan de trabajo mensual de la Dirección de inspección y el informe valorativo de su cumplimiento.

COMPILADO POR LA DIRECTORA DE INSPECCIÓN, DOMINGO 26 DE FEBRERO DEL 2023. 8.05PM

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